- El proyecto de ley presentado por el Gobierno al Congreso de la República establece cambios en el procedimiento de juicios y antejuicios políticos por parte del Parlamento.
- Para llevarse a cabo la iniciativa se deberán modificar los artículos 99 y 100 de la Constitución Política del Perú.
El presidente Pedro Castillo presentó al Congreso de la República el proyecto de ley que propone modificar los artículos 99 y 100 de la Constitución peruana, referidos al juicio y antejuicio político respectivamente, a fin de determinar que la Fiscalía de la Nación podrá acusar solo ante la Corte Suprema a los altos funcionarios públicos por supuestos delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones.
La iniciativa del Gobierno apunta a establecer que la Corte Suprema de Justicia sea la instancia que determine si procede el antejuicio político, el cual se entiende como el paso previo para declarar procedente un posterior juzgamiento penal de altos funcionarios. Estos pueden ser el presidente de la República, los ministros de Estado, congresistas, integrantes del TC, Junta Nacional de Justicia, jueces y fiscales supremos, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.
Además, la norma propone que los altos funcionarios mencionados puedan ser acusados ante el Fiscal de la Nación por todo delito cometido durante el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de haber dejado sus cargos. También, se establece la creación de una comisión especial conformada por los tres jueces titulares más antiguos en la Corte Suprema, la cual determinará si hay mérito a formación de causa penal.
“En caso se determine que hay lugar a formación de causa penal, se remiten los actuados al fiscal de la nación para la formalización de la investigación penal respectiva ante el juez supremo penal. Los jueces integrantes de la comisión especial no participan en ninguna etapa posterior del proceso penal”, culmina la norma.
Por: Viviana Valdivieso
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